Montevideo, 4 de abril de 2025.

 

Comunicado N° 1/25 Secretaría General Flasoma

 

Atento a que en el Flasoma de Cali 2025, en ocasión de la Asamblea Ordinaria, ésta convoca a una Asamblea Extraordinaria, con el fin de interiorizarse sobre el futuro contrato que firmará el futuro Presidente – José Luis Garrido- se da a conocer el orden del día de dicha Asamblea Extraordinaria. Aunque la convocatoria fue hecha por la propia Asamblea, el orden del día, que deben contener las Asambleas Extraordinarias, debe estar compuesto por los temas a estudiar siendo el futuro contrato el principal tema, y habiéndolo recibido en el día de ayer por parte del Sr. Presidente se da a conocer el mismo para que pueda ser conocido por los miembros de la Asamblea.

Habiendo sido convocado por propia iniciativa de la Asamblea Extraordinaria, y ocurrido esto el día 11 de febrero de 2025, y habiendo estipulado la propia Asamblea que fuera 90 días después, queda establecida así la fecha, siendo esta el Lunes 12 de mayo de 2025 a las 21 horas de Uruguay la plataforma será informada en breve.

Considerando que el objeto principal de esta Asamblea es dar a conocer un modelo de contrato, que habilita la organización de las Competencias FISM Latinoamérica, y que se firma entre el encargado de organizar el Congreso Flasoma y la FISM con ese único objetivo, en el marco del Congreso Flasoma, se da a conocer el orden del día:

 

  1. Lectura de los párrafos de los estatutos, Protocolo de organización de Congresos Flasoma, normas de conducta FISM, y resoluciones de Asambleas pertinentes a la realización de congresos Flasoma y que sean vinculantes a los alcances del contrato en estudio.——————————————————————————
  2. Lectura del modelo propuesto para el contrato entre FISM y Flasoma para las Competencias FISM LACM. Se incluye al final del orden del día el modelo ———–
  3. Comentarios sobre el modelo propuesto de contrato por parte de los asistentes.–

 

Sergio Ferrer

Secretario General

FLASOMA

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

FISM LATIN AMERICA CHAMPIONSHIP OF MAGIC 2025

HOSTING AND ORGANIZATION AGREEMENT

 

EL PRESENTE ACUERDO ES CELEBRADO ENTRE:

La “FÉDÉRATION INTERNATIONALE DES SOCIÉTÉS MAGIQUES™” con domicilio principal en Rue du Midi 9 – 1003 Lausana, Suiza, legalmente representada por su Presidente Internacional, el Sr. Andrea Baioni, sus Vicepresidentes Internacionales, el Sr. Satoru Yamamoto y el Sr. Christian Play, y el Presidente de la división FISM LATINOAMÉRICA, el Sr. Héctor Carrión, en adelante denominada «FISM», “FISM Internacional” o el “Productor”.———————

 

Y

 

____________(Presidente de____________), con sede en___________, legalmente representado por _________________, con dirección en____________,

en adelante denominado “Organizador”, en lo sucesivo, referido individual o colectivamente como “Parte” o “Partes”.—————————————–

 

 

 

1.         DEFINICIONES

 

“FISM Latin America Championship of Magic”, “FISM LACM” o “Evento” se refiere al campeonato entre miembros individuales de sociedades pertenecientes a FISM Latinoamérica, de acuerdo con las instrucciones de FISM y en el marco del congreso FLASOMA 2027.———————

“Artista” se refiere al competidor que participa en el FISM Latin America Championship of Magic. En adelante “Artista” o “Competidor”————-

“Derechos de Propiedad Intelectual” se refiere a todos los derechos de propiedad intelectual, como derechos de autor, diseño, marcas comerciales y otras denominaciones de naturaleza propietaria, ya sean registradas o no, especificándose que todos los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Evento, que se refiere exclusivamente a la competencia FISM LACM, están exclusiva e irrevocablemente reservados por FISM, y que FISM otorga al Organizador una licencia mundial para utilizar estos derechos únicamente con el propósito de albergar y organizar el FISM LACM.——————————

 

 

 

2.        OBJETO DEL CONTRATO

 

El presente Acuerdo establece los términos y condiciones bajo los cuales el Organizador acepta albergar y organizar el FISM Latin America Championship of Magic 2027, bajo las instrucciones y el auspicio de FISM y la supervisión de FISM Latinoamérica, en un esquema de cooperación. La participación de FISM y FISM Latinoamérica, se limita a la supervisión del Campeonato FISM LACM, sin implicar derechos de decisión o administración sobre el Congreso FLASOMA 2027.————————————–

 

 

 

3.        SEDE Y PERÍODO DEL EVENTO

 

El evento será denominado «FISM Latin America Championship of Magic 2027» (abreviado como «FISM LACM2027»), organizado por _______________, y se llevará a cabo en _____________ desde el __________hasta el _____________ del año 2027 inclusive.—————————————–

 

4.        ORGANIZACIÓN DEL EVENTO

 

  • El Organizador deberá obtener y mantener todos los derechos, licencias, autorizaciones administrativas y seguros necesarios para la organización del Evento.—————————————

 

  • El Organizador deberá utilizar el logotipo de FISM Latinoamérica para representar el Evento.——————————-

 

  • FISM Latinoamérica informará al Organizador sobre el número y los criterios de selección de los competidores del Campeonato de Magia, así como de los jueces. ———————————-

 

  • El Organizador deberá cumplir con los estatutos de FISM, las reglas y procedimientos del concurso, las instrucciones y las directrices que prevalezcan al inicio del evento, incluidas las establecidas en la lista de verificación para la organización de la competencia de FISM y dentro del marco de las normas de conducta FISM vigentes aprobadas en agosto de 2009. Asimismo, el Organizador deberá cumplir con todas las leyes y regulaciones aplicables, así como respetar la ética existente dentro del arte de la magia. ————————————–

 

 

5.        DERECHOS DE ORGANIZACIÓN

 

  • Como contraprestación por los derechos de albergar y organizar el Evento, el Organizador deberá pagar a FISM la suma de €1,500 (mil quinientos euros) antes___de_____ 202__. Como parte de este acuerdo, el Organizador se compromete a extender una invitación de cortesía al Presidente de FISM (o alguien del Board de FISM que el designe) para el Congreso FLASOMA 2027, proporcionando una inscripción gratuita y una habitación ROH desde un día antes que comience el congreso y hasta el último día del congreso FLASOMA 2027.——————-

 

  • El Organizador concede a FISM un máximo de 6 (seis) accesos gratuitos al Evento.————————-

 

 

 

  • FISM se compromete a otorgar 2 inscripciones gratis al Mundial de magia que se realice inmediatamente después del “FISM LACM”.—————-

 

  • Si en el “FISM LACM”, de que es objeto este contrato, hubiere ganadores de Gran Prix la FISM otorgará dos becas completas a el/los ganadores, no transferibles, con el único objetivo de participar del campeonato mundial. La beca consiste en un lugar para competir e inscripción a congreso y competencias. En caso de que el/los Gran Prix decidan no participar de la competencia del campeonato mundial FISM posterior al “FISM LACM” estas becas quedan sin efecto.———————————————–

 

 

  • Derecho a tener un espacio en la feria de dealer en el FISM WCM para LA EXCLUSIVA PROMOCIÓN DE LOS CAMPEONATOS FISM LACM.—————

 

 

  • FISM otorgará una inscripción a FISM 2025 al presidente de FLASOMA 2027 con el objetivo de contactar, y contratar magos de interés para el próximo FLASOMA 2027 y VI FISM LACM.——————————

 

  • La FISM gestionará al menos un mago actual de renombre para presentarse en una de las Galas, conferencia, o actividades de interés tales como conversatorios, etc..—————————

 

  • La FISM se compromete a que en el FISM WCM habrá al menos un jurado latinoamericano. Los jurados latinoamericanos deberán ir rotando garantizando que todos los jurados latinoamericanos puedan participar, no pudiendo repetir un jurado latinoamericano hasta que no hayan participado todos, en arreglo a las posibilidades de los jurados latinoamericanos.——-

 

  • La FISM gestionará y hará su mejor esfuerzo para que en el congreso que albergue al FISM WCM haya al menos dos magos latinoamericanos de nivel WCM. En lo posible no se repetirán magos latinoamericanos.————-

 

 

6.        BROADCASTING, MERCHANDISING AND MEDIA

 

6.1 FISM y el Organizador deberán gestionar conjuntamente y cooperar estrechamente en la cobertura televisiva y la transmisión del Evento. Todos los contratos relacionados con la transmisión televisiva deberán ser firmados en última instancia por el Organizador.——————-

 

6.2. El Organizador gestionará la explotación de los Derechos de Propiedad Intelectual de los Competidores de forma exclusiva. Sin embargo, el Organizador no deberá restringir injustificadamente el acceso de FISM a las actuaciones de los Competidores para su posible uso publicitario sin fines de lucro. Se podrá usar hasta el 20% del tiempo del acto.———–

 

7.        PROMOCIÓN

 

Magic FISM otorga al Organizador un derecho mundial, libre de regalías, no exclusivo e intransferible para usar, representar y reproducir, durante la vigencia del Acuerdo, el nombre comercial, la marca registrada, el logotipo y la documentación oficial del Evento, con el único propósito de albergar y organizar el Campeonato Latinoamericano de Magia.——————————–

 

8.        FUERZA MAYOR

Ni FISM ni el Organizador serán responsables por retrasos o incumplimientos en el cumplimiento de sus obligaciones bajo este Acuerdo si dichos retrasos ocurren debido a fuerza mayor, incluyendo, pero sin limitarse a, guerra, disturbios, incendios, inundaciones, terremotos, epidemias, restricciones legales, huelgas o cualquier otra causa fuera del control de la parte afectada.——————–

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9.        DISPUTAS Y ARBITRAJE

FISM y el Organizador acuerdan hacer su mejor esfuerzo para resolver cualquier disputa relativa a la interpretación o aplicación de este Acuerdo mediante consulta amistosa. Si dicha consulta no resuelve la disputa, cualquier reclamación o procedimiento deberá ser finalmente sometido y resuelto por arbitraje en Lausana, Suiza, de acuerdo con la legislación suiza.—————-

 

 

10.     PLAZO Y FINALIZACIÓN

 

 

10.1 Este Acuerdo entra en vigor a partir de la fecha de su firma y finalizará en ______________ de 2027, al término del Evento.—————

10.2 No obstante, cualquiera de las partes podrá dar por terminado este Acuerdo en los siguientes casos:
(i) Si una de las partes incumple sustancialmente una obligación contractual y no remedia dicho incumplimiento dentro de los treinta (30) días posteriores a la notificación escrita con acuse de recibo.——————
(ii) En caso de insolvencia o quiebra de una de las partes o si esta no puede pagar sus deudas en la medida permitida por la ley aplicable.————

10.3 Dentro de los treinta (30) días posteriores a la terminación del Acuerdo, por cualquier motivo, el Organizador deberá:
10.3.1 Cesar la explotación de todos los derechos otorgados bajo este acuerdo.
10.3.2 Transmitir a FISM LATIN AMERICA una copia electrónica de la base de datos de los competidores.——————–

 

 

(lugar)                , (mes) (día), 202_

 

 

FISM INTERNATIONAL                                FISM INTERNATIONAL

 

Firma                                                  Firma                                        

 

Andrea Baioni                                               Satoru Yamamoto

International President of FISM                 International Vice President of FISM

 

 

 

Firma____________________

FISM LATIN AMERICA

 Christian Play (Peter Din)

International Vice President of FISM                  Firma ____________________

                                                       Héctor Carrión

                                                                         President FISM Latin America

ORGANIZADOR,                                                  SOCIEDAD  FISM CONTINENTAL

FLASOMA

Firma                                                              Firma______________________

José Luis Garrido                                                Sergio Ferrer

Presidente FLASOMA                                            Secretario General FLASOMA

Presidente del Comitpe Organizador FISM LACM